Aumente su pensión

Jubilados entre 2016 y 3 de febrero de 2021 con 2 o más hijos: hasta un 15%

Jubilados a partir del 4 de febrero de 2021 con 1 o más hijos: hasta 1.859,20€ al año

Despacho líder en reclamación de complemento por hijos en pensiones de la Seguridad Social. Trabajamos en toda España.

Hemos salido en...

¿Por qué elegir nuestros servicios?

El principal, nuestro eslogan: “Sólo cobramos si usted gana”. No cobramos nada por adelantado y sólo cobramos (al final) si conseguimos el objetivo pretendido. Si no lo conseguimos, no cobramos nada.

Somo lideres

Alta especialización

Años de experiencia

Nos ocupamos de todo

¿Cómo es el proceso?

Proceso 100% online, pero también presencial, manteniendo siempre el contacto personalizado con el cliente

Estudiamos su caso de forma gratuita

El cliente se pone en contacto con nosotros y estudiamos su caso de forma gratuita, realizando una estimación del importe a recibir con el complemento.

Rellene el formulario y envíenos la documentación

Para poder presentar la reclamación necesitamos:

  1. Su resolución de jubilación
  2. Libro de familia
  3. Poder (administrativo o notarial)
  4. Hoja de encargo firmada (se la facilitaremos cuando nos contacte).

¡No cobramos nada por adelantado!

Solicitud inicial y/o reclamación previa

Redactamos y presentamos la solicitud inicial y/o reclamación previa.

La Seguridad Social puede resolver favorablemente, reconociendo el complemento en la pensión.

En caso de que no se reciba respuesta o de que ésta sea desfavorable, iniciaremos el proceso judicial.

Demanda y, en su caso, recurso

Redactamos la demanda judicial, le representamos en juicio y seguimos el caso hasta la sentencia.

La sentencia puede reconocer el derecho al complemento en la pensión.

Si el fallo de la sentencia no es satisfactorio, recurriremos la sentencia. Si recurre el INSS, impugnaremos su recurso.

Todo ello, sin ningún gasto hasta que consiga el complemento.

Le acompañamos hasta el final

Le ayudamos a realizar las gestiones necesarias para que cobre el complemento de su pensión, desde la fecha de jubilación y para siempre.

Consulte nuestro apartado de preguntas frecuentes acerca de las posibles limitaciones en caso de cobro del nuevo complemento de brecha de género por la otra progenitora desde febrero de 2021 o en caso de superación de la pensión máxima.

¿Sobre que tema necesitas ayuda?

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

Existen dos complementos distintos en función del momento de la jubilación:

  1. Jubilados entre el 2016 y el 3 de febrero de 2021 (con 2 o más hijos): Complemento de maternidad por aportación demográfica.
  2. Jubilados a partir del 4 de febrero de 2021 (con 1 o más hijos): Complemento para la reducción de la brecha de género

Antes del 3 de febrero

A partir del 4 de febrero

Complemento de maternidad por aportación demográfica

  1. Haberse jubilado entre el 1 de enero 2016 y el 3 febrero 2021:
    • Jubilación ordinaria (ordinaria, flexible, activa, especial, etc.).
    •  Jubilación anticipada forzosa (dependiendo del motivo del ultimo cese).
    • Jubilación parcial (cuando la jubilación plena se produce entre 2016 y el 3 de febrero de 2021)
    • Pensiones de viudedad e incapacidad permanente
  2. Ser padre de 2 o más hijos:
    • El complemento se calcula en función del número de hijos:
      • 2 hijos: + 5% de complemento
      • 3 hijos: + 10% de complemento
      • 4 hijos o más: + 15% de complemento
 
Número de clientes
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Dinero recuperado
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Éxito
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Años de experiencia
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Conoce a las profesionales que se ocuparan de tu caso

La confianza de nuestros clientes nos respalda

¿Aún tienes dudas?

Somos el despacho líder de España en reclamación del complemento por hijos.

Ese liderazgo nos ha permitido acceder a miles de casos como el suyo, en los que se tratan cuestiones de diversa complejidad.

Nuestra experiencia en miles de casos nos permite tener un conocimiento muy profundo y preciso sobre las estregias que el INSS aplica para cada supuesto en función de las circunstancias.

Además, estudiamos diariamente la evolución de la jurisprudencia y doctrina relativa al complemento, tanto para maximizar nuestro éxito como para informar a nuestros clientes sobre sus derechos.

Todo ello nos permite ofrecer la fórmula económica por la que destacamos como líder indiscutible en la reclamación del complemento: «solo cobramos si usted gana», por lo que puede confiar en que haremos todo lo posible para que consiga absolutamente todo lo que le corresponde legalmente.

A diferencia de otros despachos, tenemos un equipo de más de 20 profesionales que se dedica única y exclusivamente a la reclamación del complemento, lo que nos permite brindarle un asesoramiento personalizado de la más alta especialización.

Sí. Para las consultas relacionadas con el complemento, la atención presencial es gratuita.

El resto de reuniones presenciales no relacionadas con el complemento por hijos, se facturarán al final del proceso, a razón de 50€ + IVA por cada media hora de reunión o fracción.

En principio sí, salvo que nos haya otorgado poderes de representación ante el juzgado.

Las opciones son:

  • poder apud acta electrónico
  • poder apud acta en el propio juzgado
  • poder notarial para pleitos, que se deberá enviar a nuestras oficinas por correo o entregar en persona.

Nuestros especialistas le irán informando puntualmente con cada avance y guiándole para resolver todas las dudas.

Estamos especializados en reclamación de complementos de jubilación.

No obstante, puede ponerse en contacto con nosotros (info@padresjubilados.com) y le derivaremos al departamento correspondiente para analizar el caso y proponerle un presupuesto sin compromiso.